sábado, 9 de agosto de 2014

PLAN DE CLASES - SOCIOLOGIA JURIDICA 2014-III

UNIVERSIDAD   INCA GARCILASO DE LA VEGA
FACULTAD  DE  DERECHO  Y  CIENCIAS   POLITICAS
 Sociología Jurídica: 2014-III
Email: oficinacist@yahoo.es
http//:mgplabrin.blogspot.com
Móvil: 99885-2144
 
Curso: Sociología Jurídica
Ciclo:   II
Autor: Mg. Daniel Ernesto Peña Labrin
                    Sociólogo Jurídico

PLAN DE CLASES


BIENVENIDOS AL CURSO DE SOCIOLOGÍA JURÍDICA,  mi labor consistirá en acompañarlos y ayudarlos a lograr el objetivo planteado. Ante todo me comprometo a respetarlos a ustedes como personas, a orientarlos, contestar sus dudas hasta donde mi capacidad me lo permita y a escuchar sus comentarios y opiniones.  Mi nombre. Daniel Ernesto Peña Labrin, soy Bachiller  y Licenciado de las especialidades de Sociología y Derecho de nuestra Alma Mater; y Magíster en Derecho Penal por la Universidad Nacional Federico Villarreal.
Participó activamente como investigador Jurídico y Conferencista en diversas Revistas Jurídicas físicas y  electrónicas nacionales e internacionales, entre las principales:

Revista Cátedra Lex-UNMSM-PERU; Revista “JURÍDICA” del Diario Oficial EL PERUANO-PERU; Gaceta Jurídica-PERU; Law Juris-PERU; Alerta Informativa-Estudio Loza Avalos-PERU; Revista Pensamiento Penal-ARGENTINA; Revista Jurídica del Prof. CARLOS PARMA-ARGENTINA; Revista de Derecho Penal online-ARGENTINA; Revista Jurídica de la Universidad Nacional de la Plata-ARGENTINA; Revista Jurídica de la Universidad Católica Santiago de Guayaquil ECUADOR ; Revista Judicial del Diario “La Hora”, EL Oro- ECUADOR; Corporación Universitaria Americana-COLOMBIA (2011); Sociedad Mexicana de Criminología-Capítulo Nuevo León MEXICO (2012; Revista Jurídica de la Universidad Latina de América, Morelia, Michoacán MEXICO (2010); Revista Jurídica de Panamá-PANAMA; Revista del Departamento de Derecho Penal de la Universidad de Fribourg- SUIZA,   Index Copernicus Internacional-POLONIA; DIALNET-Universidad de la Rioja-España y vLEX Internacional-ESPAÑA (2009-2014).
A CONTINUACIÓN EXPONDRÉ LAS REGLAS IMPERATIVAS QUE SE APLICARÁN EN NUESTRA CLASE, COMO REQUISITO SINE QUANOM:

PRIMERO.- Tomaré  lista semanalmente y sólo tendrán asistencia los que contesten  al ser nombrados.  No quitaré faltas o pondré retardos. Si podrán entrar a  clase aún después de haber tomado lista. Los alumnos que no reúnan la asistencia de las 2/3 partes de clases impartidas no tendrán derecho a evaluaciones (CUALQUIER JUSTIFICACIÓN SERÁ CON ANTICIPACIÓN AL SR. DELEGADO(A).

SEGUNDO.- Habrá un EXAMEN PARCIAL  Y FINAL, que se promediarán para obtener la calificación final junto a la APRECIACIÓN DE LAS PRÁCTICAS, cuyo detalle abordo en el punto VI, del presente documento de orientación académica.
Tomaré en cuenta las participaciones, tareas y trabajos para evaluar: físicos, orales y virtuales. No se cambiará el día del examen parcial ni final por razón individual, ya que la Universidad ya tiene su propia programación de ESTRICTO cumplimiento.

TERCERO.- Los trabajos académicos que se les soliciten deberán de  ser claros, breves y con una carátula en la que se mencione:
·         El tema, el nombre del alumno, del DOCENTE, la materia, el grupo, la fecha y el semestre.
·         Con bibliografía física y virtual (SEGÚN SEA EL CASO).
·         Conclusión personal.

En el caso de los Talleres Jusociológicos, deberán de ser claros, breves (ajustándose al tiempo limite), usando recursos didácticos y motivando la participación de sus compañeros.

CUARTO.- La entrega de trabajos individuales o en equipo, se harán el día señalado. Fuera de ese día no los recibiré bajo ninguna circunstancia.

QUINTO.- En caso de ausencia los alumnos deberán   justificar su falta dentro de los dos días siguientes a partir de su regreso a clases.

SEXTO.- Los alumnos no podrán salir y entrar del salón una vez iniciada la clase, si desean salir lo podrán hacer pero no volverán a entrar ese día.

SEPTIMO.- Los alumnos deberán poseer OBLIGATORIAMENTE, su material de estudio individual para desarrollar la clase (deberán investigar los temas según los contenidos del Curso).

 Lo  que espero de los discentes:
·         Estudiar, semanalmente, las lecturas asignadas para la siguiente clase.
·         Participar activamente en clase y en los equipos.
·         Traer a clase el material necesario para trabajar.
·         Expresen sugerencias para complementar este escrito.

 El discente de Derecho debe auxiliarse en otras ciencias sociales para conocer el rol y estatus que le tocará vivir en la sociedad y en el medio que le rodea, por lo que esta disciplina le dará los fundamentos necesarios para interrelacionarse con las ramas del Derecho.

Al concluir este curso el alumno:
I.- Describirá, analizará y explicará las estructuras que conforman las sociedades humanas y en lo particular a la sociedad peruana; los procesos mediante los cuales éstas se forman, se mantienen y se transforman; el contexto de la sociedad y la cultura, el rol del abogado, la función principal del aparato judicial y el papel que juega el cuerpo normativo en los diferentes procesos sociales, e igualmente las expectativas de acción que tiene el jurista en su entorno social.
II.- Se busca así mismo que el alumno desarrolle su capacidad de razonamiento lógico jurídico en forma crítica, pues consideramos que el Abogado que no posee un mensaje adecuado de esta materia, estaría privado de conocer los motivos que generan la normatividad jurídica, así como su justificación.


 
                                               PROGRAMACIÓN DE CONTENIDOS

UNIDAD I     :           EL PROCESO DE CONOCIMIENTO

CONTENIDO PROCEDIMENTALES:
•           Describir la relación entre sujeto, objeto y verdad, conocimiento, pensamiento, realidad objetiva y subjetiva, lo abstracto y lo concreto.
•           Distinguir los diferentes tipos o formas de conocimiento: empírico, científico, filosófico y teológico.
•           Diferenciar las proposiciones de sentido común de los conocimientos científicos y sociológicos.

CONTENIDO ACTITUDINALES:
Se capaz de valorar los diferentes tipos de conocimiento que existen y relacionarlos con la realidad.

CONTENIDO CONCEPTUALES:
PRIMERA SEMANA
1.1.      El conocimiento humano.
1.2.      El proceso del conocimiento.
1.3.      Tipos de conocimiento.
1.4.      Conocimiento empírico y científico.
1.5.      Conocimiento filosófico y teológico.
SEGUNDA SEMANA
2.1.      Las ciencias y sus características.
2.2.      Las clasificaciones de las ciencias.
2.3.      Ciencias formales y ciencias fácticas.
2.4.      Ciencia pura y ciencia aplicada.
TERCERA SEMANA
3.1.      Las ciencias sociales.
3.2.      Características de las ciencias sociales.
3.3.      Clasificación de las ciencias sociales.
3.4.      La Sociología y el Derecho.

UNIDAD II    :           SOCIEDAD Y CULTURA

CONTENIDO PROCEDIMENTALES:
•           Explicar los diferentes conceptos de cultura en las ciencias sociales.
•           Explicar la importancia de la cultura en el proceso de humanización.
•           Identificar los componentes materiales e inmateriales de la cultura.
•           Identificar los componentes normativos y valorativos de las culturas.

CONTENIDO ACTITUDINALES:
Reconocer el propio comportamiento y ser tolerante ante las manifestaciones culturales distintas.

CONTENIDO CONCEPTUALES:
CUARTA SEMANA
4.1.      Diferentes conceptos de cultura en las ciencias sociales.
4.2.      Diferencias entre cultura y civilización.
4.3.      Cultura y subculturas.

QUINTA SEMANA
5.1.      Alma cultural y contactos culturales.
5.2.      Cultura real y cultura ideal.
5.3.      La cultura como determinante de la conducta humana.
5.4.      Sociedad y normatividad de la conducta.

UNIDAD III  :           LA CIENCIA Y  EL DERECHO

CONTENIDO PROCEDIMENTALES:
•           Establecer las relaciones entre ciencia y derecho.
•           Explicar los supuestos de aquellos que sostienen que el Derecho es ciencia.
•           Analizar los supuestos de los autores que fundamentan que el derecho no es ciencia sino una disciplina.

CONTENIDO ACTITUDINALES:
Reconocer las diferencias entre ciencia y disciplina en la formación y el desarrollo del Derecho.

CONTENIDO CONCEPTUALES:
SEXTA SEMANA
6.1.      Discernimiento epistemológico de la ciencia del Derecho.
6.2.      Filosofía del Derecho y de la jurisprudencia.
6.3.      El derecho es ciencia o una disciplina: Tesis de Kelsen, Kirchmaun y Rickert.

SEPTIMA SEMANA
7.1.      Dogmática Jurídica.
7.2.      Historia del Derecho.
7.3.      Sociología Jurídica o del Derecho.

UNIDAD IV  :         EL  CONTROL SOCIAL Y LOS CÓDIGOS NORMATIVOS

CONTENIDO PROCEDIMENTALES:
•           Describir y explicar el control social.
•           Reconocer el control social proveniente de la cultura y de la sociedad.
•           Comprender los principales códigos normativos.

CONTENIDO ACTITUDINALES:
Desarrollar actitudes para relacionar el Derecho con las diferentes formas de control social.

OCTAVA SEMANA:
EXAMEN PARCIAL:
LUNES 19 DE OCTUBRE DE 2014-SEDE SUR
MIERCOLES  22 DE OCTUBRE DE 2014-SEDE CENTRAL
JUEVES 23 DE OCTUBRE DE 2014-SEDE CENTRAL
VIERNES 24 DE OCTUBRE DE 2014-SEDE CENTRAL

CONTENIDO CONCEPTUALES:
NOVENA SEMANA
8.1.      El control social en los sistemas socio-culturales.
8.2.      El control social y dominación.
8.3.      El código de la costumbre.
8.4.      El código de la religión y el código de la moral.
8.5.      El código totémico y el código de los status – roles.

DECIMA SEMANA
9.1.      El Código jurídico.- El Derecho Natural.
9.2.      El Derecho como ideología de clase.
9.3.      La Escuela histórica. La doctrina de los intereses.
9.4.      Los hechos sociales como creadores de Derecho.

UNIDAD V: SOCIEDAD ARCAICA, NUEVA SOCIEDAD Y DERECHO CONSUETUDINARIO

CONTENIDO PROCEDIMENTALES:
•           Describir la formación de la nueva sociedad y el Derecho consuetudinario.
•           Reconocer la formación del derecho de propiedad privada familiar.
•           Comprender los requisitos para la conservación de la propiedad privada.
•           Reconocer la formación del Derecho en la nueva sociedad.

CONTENIDO ACTITUDINALES:
Desarrollar actitudes para relacionar la evolución de la sociedad y la formación del Derecho.

CONTENIDO CONCEPTUALES:
DECIMA SEMANA
10.1.    Formación de la nueva sociedad y Derecho consuetudinario.
10.2.    La formación del derecho de propiedad privada familiar.
10.3.    Disolución de la sociedad gentilicia.
10.4.    El derecho en la nueva sociedad.

UNIDAD VI  : ESCUELAS SOCIOLÓGICAS Y NORMATIVIDAD JURÍDICA

CONTENIDO PROCEDIMENTALES:
•           Explicar las principales escuelas sociológicas.
•      Reconocer y relacionar el desarrollo de las escuelas sociológicas con la formación del derecho moderno.
•          Comprender la importancia de la sociología en la creación de nuevos campos del derecho.

CONTENIDO ACTITUDINALES:
Desarrollar actitudes para relacionar al Derecho como parte de la problemática social general.

CONTENIDO CONCEPTUALES:
DECIMA PRIMERA SEMANA
11.1.    Augusto Comte y el Positivismo sociológico.
11.2.    El Positivismo jurídico.
11.2.1. El Positivismo Jurídico Analítico.
11.2.2. El Positivismo Jurídico Sociológico.

 DECIMA SEGUNDA SEMANA
12.1.    Emilio Durkheim y los tipos de solidaridad.
12.2.    Tipos de solidaridad y tipos de derecho.
12.3.    Marx y el derecho marxista.
12.4.    Base económica y superestructura.
12.5.    Superestructura, ideología y derecho.

DECIMA TERCERA SEMANA
13.1.    Max  Weber y Sociología del Derecho.
13.2.    Dominación legal.
13.3.    El surgimiento de la racionalidad jurídica.
13.4.    La imposición de la ley.

II         :           JUSTICIA Y LEGALIDAD

CONTENIDO PROCEDIMENTALES:
•           Reconocer la relación entre la sociedad, justicia y legalidad.
•           Diferenciar los conceptos de justicia divina y justicia humana.
•           Diferenciar los conceptos de justicia social y justicia individual.

CONTENIDO ACTITUDINALES:
Comprender el comportamiento social e individual en relación con la justicia y el derecho.

CONTENIDO CONCEPTUALES:
DECIMA CUARTA SEMANA
14.1.    Concepto de justicia.
14.2.    Justicia divina y justicia humana.
14.3.    Justicia social y justicia individual.
14.4.    Relatividad y concordancia entre lo justo y lo legal.
14.5.    Derecho Público y Derecho Privado.

UNIDAD VII :           BIOÉTICA Y DERECHO

CONTENIDO PROCEDIMENTALES:
•           Reconocer el desarrollo de la biogenética.
•           Entender que es el ADN y la clonación.
•          Relacionar el desarrollo de la biogenética y la creación de los Comités de  Bioética.
•           Entender la relación Genoma humano, bioética y derechos humanos.

CONTENIDO ACTITUDINALES:
Participar en el debate actual sobre los efectos de la clonación, su relación con la bioética y los derechos humanos.

CONTENIDO CONCEPTUALES:
DECIMA QUINTA SEMANA
15.1.    Bioética como ética aplicada y genética.
15.2.    Biogenética, el ADN y la clonación.
15.3.    La reproducción por clonación, nuevo desafío para la ética genética.

DECIMA SEXTA SEMANA
16.1.    Problemas de la clonación en humanos
16.2.    El genoma humano, la bioética y los derechos humanos

DECIMA SETIMA SEMANA
EXAMEN FINAL:
LUNES 07 DE DICIEMBRE DE 2014-SEDE SUR
MIERCOLES  09 DE DICIEMBRE DE 2014-SEDE CENTRAL
JUEVES 10 DE DICIEMBRE DE 2014-SEDE CENTRAL
VIERNES 11 DE DICIEMBRE DE 2014-SEDE CENTRAL

V.        METODOLOGÍA

            Se utiliza una metodología activa en el aprendizaje unidad por unidad.
            Debate acerca de las unidades temáticas.
            Control de lecturas obligatorias.

VI.       EVALUACIÓN
            Esta será permanente:
            
1.-Clases del Profesor.
            
2.-Prácticas I y II; Lecturas Jusociológicas y casuística ORALES.
Además, la parte PRÁCTICA INDIVIDUAL de la asignatura se supera asistiendo a la ÚNICA SESIÓN PRÁCTICA OBLIGATORIA DE TODO EL CUATRIMESTRE, en la que el trabajo se entregará en mano al profesor, y exponiendo ese día el “Trabajo sobre autor clásico de Sociología Jurídica” (el profesor adjudicará autor a cada alumno según su apellido).
El alumno que no supere la práctica por no asistir a la única sesión prevista o no hacer el trabajo práctico: NO podrá aprobar la asignatura.
El Trabajo será sobre el autor que te adjudique el profesor según la inicial de su primer apellido.
Es necesario que ponga en el trabajo este índice y siga sus indicaciones lo más exactamente que puedas:
Formalmente: letra tamaño 12, espacio sencillo
Respecto al contenido:
1. Biografía del autor: dónde nació, a qué se dedicó, si fue famoso por alguna cosa, etc (no más de 1 folio)
2. Obras principales (no más de 6 líneas)
3. Ideas principales del autor y de la corriente a la que pertenece, etc (no más de 1 folio).
4. Selecciona y lee 30 páginas de alguna obra o artículo/s escritos por el autor (que sean de algún tema relacionado con Sociología y Derecho).
Pueden ser varios grupos de páginas, por ejemplo: pp. 1-20 y pp. 60-80 o varios artículos, cada uno de 20 páginas, por ejemplo.
Obligatoriamente debes citar la fuente y las páginas que vas a leer, así: por ej. Kant, E., Crítica de la Razón Práctica, Dykinson, Madrid, 1998, pág. 30-70.
Si no se hace esto, el trabajo no será corregido.
Necesariamente el texto seleccionado debe ser algo escrito por el propio autor, no un resumen de otro autor sobre él ni un comentario de otro autor sobre sus ideas.
Realice sobre esas 30 páginas que has leído lo siguiente:

a) Resumen de esas 30 páginas (el resumen debe tener aprox. unos 10 folios por una cara).
b) Ideas principales que aparecen en esos textos: clarifique de forma sencilla y con tus propias palabras esas ideas, como si se las explicara a alguien que no sabe nada de Derecho (2-3 folios por una cara).
c) Intente aplicar algunas de las ideas de esos textos a algún asunto de actualidad, o para criticarlas mostrando que la realidad es distinta o trate de mostrar las consecuencias de aplicar esas ideas a la realidad o alguna crítica que se les pueda hacer, si así lo considera (en fin, sea creativo e imaginativo) (1-2 folios por una cara)
d) Copie los párrafos del texto que considere más importantes, también pueden ser frases sueltas (no más de 15 líneas en total).Extensión total del trabajo: 15-20 folios por una cara aproximadamente.

A:   T. PARSONS
B:    M. WEBBER
C:    E. DURKHEIM
D:    F. TONNIES
E:    R. MERTON
F:    N. LUHMANN
G:   E. DURKHEIM
H:   T. PARSONS
I:     A. TOCQUEVILLE
J:    A. COMTE
K:   J. HABERMAS
L:   K. MARX
LL: M. HORKHEIMER
M:  G. SIMMEL
N:   T. ADORNO
O:   V. PARETO
P:    F. TONNIES
Q:   M. FOUCAULT
R:   R. TREVES
S:   E. ERHLICH
T:   F. TONNIES
U:  T. PARSONS
V:  M. WEBBER
W: N. MAQUIAVELO
X:  A. GIDDENS
Y:  A. TOURAINE
Z:   R. VON IHERING

           
 3.-Análisis Crítico en el Blog Jurídico:
                http://mplabrin.blogspot.com
          
4.-Talleres grupales de tres alumnos, en las fechas programadas a partir de la NOVENA SEMANA. (Coordinaciones con el Sr. DELEGADO).
          
5.-Mapas Conceptuales.
            En la parte teórica dos exámenes: parcial y final
          
En la parte práctica, el promedio se obtendrá de las Prácticas OBLIGATORIAS: Lecturas Jusociológicas, Práctica individual, casuística ORALES, Análisis Crítico en el Blog y Talleres grupales (5).
            Promedio final:   EP + EF + PP
                                                  3                                                                   

VII. TEMAS JUSOCIOLOGICOS DE LOS TALLERES GRUPALES: (TRES ALUMNOS)

  1. RELACIONES DE LA SOCIOLOGIA JURIDICA Y OTRAS RAMAS DEL DERECHO
  2. GRUPOS SOCIALES
  3. COMPORTAMIENTO DESVIADO
  4. HISTORIA DE LA SOCIOLOGIA JURIDICA
  5. EL OBJETO DE LA SOCIOLOGIA JURIDICA
  6. METODOS DE LA SOCIOLOGIA JURIDICA
  7. FUNCION DE LA SOCIOLOGIA JURIDICA
  8. EL CONTROL SOCIAL Y LOS SISTEMAS NORMATIVOS
  9. ESCUELAS SOCIOLOGICAS NORMATIVAS
  10. LAS NUEVAS VERTIENTES DEL DERECHO: DERECHO INFORMATICO, DERECHO ECONOMICO Y DERECHO GENETICO.
  11. SOCIOLOGIA CRIMINAL
NOTA: El trabajo de Investigación deberá estar redactado de acuerdo a las normas internacionales APA y  se deberá presentarse en un CD (EL TEXTO MONOGRÁFICO, LAS DIAPOSITIVAS Y UN RESUMEN EN DOS HOJAS).

VIII.    BIBLIOGRAFÍA DE CONSULTA

  1. ASCENCIÓN UGARTE, Félix (2000) LECCIONES DE SOCIOLOGÍA JURÍDICA, UIGV, Sistema a Distancia, Lima.
  2. BUNGE, Mario (1985) LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, Ariel S.A., Madrid.
  3. BUNGE, Mario (1994) LA CIENCIA, SU MÉTODO y SU FILOSOFIA, Siglo XX, Buenos Aires.
  4. CALDERA, Rafael (1999) SOCIOLOGÍA DEL DERECHO, Manuales Universitarios, Caracas.
  5. CARBONIER, Jean (2000) SOCIOLOGÍA JURIDICA, Tecnos, Madrid.
  6. GOMEZ SANDOVAL, F. (1993) SOCIOLOGÍA GENERAL, Diana, México.
  7. ISMODES CAIRO, Aníbal (1998) SOCIOLOGÍA JURÍDICA, San Marcos, Lima.
  8. MADILE, Juan Alberto (1989) SOCIOLOGÍA JURÍDICA, Abeledo Perrot, Buenos Aires.
  9. MARQUEZ PINEIRO (1992) SOCIOLOGÍA JURÍDICA, FCE, México.
  10. MEJIA VALERA, José (2002) SOCIOLOGÍA DEL DERECHO, Gráfica Horizonte, Lima.
  11. MORENO CHAVEZ, Jorge (2010) SOCIOLOGIA JURIDICA A DISTANCIA, Universidad Centroamericana Facultad de Ciencias Jurídicas, Costa Rica.
  12. PEÑA LABRIN, Daniel Ernesto (2013) CURSO ONLINE: SOCIOLOGIA JURIDICA, vLex-Internacional, Barcelona.[1]
  13. WEBER, Max  (1969) ECONOMÍA Y SOCIEDAD, Tomo I, FCE, México.
  14. ZOLEZZI IBARCENA, Lorenzo (1970)    SOCIOLOGÍA DEL DERECHO, PUCP, Lima.
  15. CONSTITUCIÓN POLÍTICA (1993), Editado por el Congreso de la República, Lima.


                                                                                    San Isidro, Septiembre de 2014
                                                                                                     Lima-Perú




[1] El texto completo se encuentra en el Centro de Documentación de la Biblioteca Virtual del Instituto Internacional de Sociología Jurídica de Oñati, País Vasco-España.

lunes, 16 de junio de 2014



PRÓLOGO DE LA OBRA:
Curso online de Sociología Jurídica: Daniel Ernesto Peña Labrin
Editorial vLex-International-Barcelona-España
(Reedición 2014)

Siempre es un placer escribir un prólogo para un Manual de Sociología jurídica, pero todavía más en momentos como los actuales, donde nos encontramos con una profunda  contradicción: el desarrollo general de la Sociología jurídica como ciencia está hoy, salvando las diferencias entre países, bajo mínimos, pero a la vez, nunca antes, la teoría sociológico-jurídica había sido tan necesaria para afrontar los retos del Derecho en su  tiempo.

Nos encontramos ante multitud de fenómenos (globalización, procesos de integración regional, agotamiento y crisis de las instancias político-representativas tradicionales y sus actores, etc.) que han puesto abiertamente en crisis el sistema de fuentes y la forma del Derecho surgida de la Revolución francesa.

La crisis de la "institucionalidad" y su incapacidad para ofrecer soluciones se ha traducido, en el marco de la crisis en que están inmersos los países Europeos y repitiendo lo que previamente ya se había producido en América Latina, en el surgimiento de nuevos sujetos y movimientos sociales (familias desahuciadas por no poder pagar la hipoteca, movimiento sin tierras, familias sin alimentos, etc.) que buscan reorganizar su vida y redefinir la vida política al margen del Estado y por medio de la auto ejecución popular de derechos, generando nuevas prácticas jurídicas populares que le disputa la centralidad del poder regulador al Estado. [1]

Ello se da en un contexto donde la organización y separación disciplinaria del conocimiento, expresada en el ámbito jurídico en la imposición del positivismo jurídico como corriente hegemónica dentro de la ciencia y la docencia del Derecho, ha tenido unas consecuencias enormemente empobrecedoras sobre la disciplina jurídica, convirtiéndola en una disciplina incapaz de entender la complejidad de las nuevas transiciones sociales y sus retos, ni aportar soluciones a éstos.  Veamos esto con un poco más de detalle.
La organización disciplinaria del conocimiento, es decir, su división en esferas concretas de conocimiento (el Derecho, la Filosofía, la Economía, la Psicología, la Sociología, etc.) se constituyó en el siglo XIX con la formación de las universidades modernas y se desarrolló, principalmente, en el siglo XX con el impulso en estas de la investigación científica.

Esta fragmentación del conocimiento tiene, sin dudas, aspectos positivos: en primer lugar, las disciplinas permiten organizar el saber, fijar el marco o la circunscripción de un dominio de competencia, fijar el objeto de estudio, sin lo cual el conocimiento se volvería inaprensible. Y, en segundo lugar, el hecho de que determinadas personas se dediquen a estudiar sólo un objeto de estudio en concreto, hace que podamos saber mucho sobre este, pudiendo tener grandes avances tecnológicos y teóricos; No obstante, como contrapartida, existen también algunos aspectos negativos:

a) El aislamiento o “cosificación” de los objetos de estudio: Toda disciplina tiende naturalmente a la autonomía, a elaborar un lenguaje y unos conceptos propios, una metodología propia, que encierran su objeto de estudio dentro de una frontera disciplinaria y que, por tanto, la aíslan de las otras disciplinas. Fijémonos como el conocimiento por ejemplo, sobre economía se ha convertido hoy en una parcela de saber propiedad exclusiva de los economistas, o el conocimiento del Derecho en una parcela propiedad de los juristas, y las incursiones en una disciplina por parte de miembros de otra disciplina son vistas con recelo. Cada disciplina, en consecuencia, se convierte en un objeto o una “cosa” autosuficiente, encerrada en ella misma y que no necesita tener ningún tipo de relación con las otras disciplinas. Y, ¿por qué esto es negativo?
Al privilegiarse la separación en contraposición de la unión supone que vayamos adquiriendo muchos conocimientos sobre un tema en cuestión pero no tenemos ninguna capacidad de relacionarlo con otros temas. Nos convertimos en incapaces de contextualizar nuestros saberes y de integrarlos dentro de un conjunto mucho más amplio y, por tanto, en incapaces de poder entender una realidad cada vez más compleja. Se produce una falta de adecuación cada vez más grande entre nuestros saberes troceados, encasillados en disciplinas, por un lado, y una realidad o problemas sociales cada vez más multidisciplinarios y transversales. Ello nos lleva a una pérdida de nuestras posibilidades o capacidades de comprensión y reflexión.
El sociólogo francés Edgar Morín, afirma que nos encontramos en la actualidad en la “era de la información” y que el gran reto que el hombre tiene delante de él, es ser capaz de poder pasar a la “era del conocimiento”. Las informaciones, dice Morín, son datos dispersos. Hoy en día estamos inundados de información por todas partes (Internet, los más media, etc.), incluso el máximo especialista de la disciplina más específica es incapaz de estar al corriente de todas las informaciones que sobre su tema salen diariamente. Cada vez más, la gigantesca proliferación de información escapa del control humano. El conocimiento, en cambio, es la organización de la información, la puesta en contexto y en relación de las informaciones. Sólo la información convertida en conocimiento sirve para alimentar un pensamiento capaz de entender la realidad, cuestionándosela y buscando soluciones y alternativas. 

b) La hiper-especialización o déficit democrático del saber: La segunda consecuencia negativa de la división del conocimiento es que la especialización de los científicos en un objeto de investigación permite a estos ser muy eficaces en su estudio pero a la vez produce su apropiación por parte de los expertos, los especialistas y los técnicos. Este se vuelve cada vez algo más esotérico (accesible e inteligible sólo para especialistas) y anónimo (cuantitativo y formalizado), lo cual supone que los ciudadanos pierden todo el derecho al conocimiento. Los ciudadanos son pues desposeídos del conocimiento, se produce una pérdida de la democracia cognitiva.

            En resumen, podemos decir que la positivización y fragmentación de la ciencia ha comportado la pérdida de aptitudes de los expertos para contextualizar y poner en relación los diferentes saberes (convertir la información en conocimiento) y la pérdida por parte de los ciudadanos de su derecho al conocimiento. Sin conocimiento y sin capacidad de relación no hay por tanto, reflexibilidad. De ahí, la importancia que la Sociología jurídica juega en el interior de la Ciencia del Derecho. La dificultad de la Sociología Jurídica para tener su propio “instrumental de análisis”, su propio acervo de conceptos, hace que ésta tenga que echar mano de muchos conceptos propios de la Sociología General, la ciencia política, la psicología, la economía, etc. en su referencia al Derecho. Ello  hace de la Sociología jurídica una puerta de entrada dentro de la ciencia del Derecho de muchas disciplinas que actuarán de manera interrelacionada, haciendo por tanto de la ciencia jurídica una ciencia a partir de la cual poder analizar la realidad y adaptarse a ella. Aun cuando puede concebirse de diferentes modos, el Derecho no puede ser nunca comprendido al margen del contexto social en el que opera.

            Lo que lleva a cabo la Sociología Jurídica y ahí radica su aporte fundamental, es una “despurificación” de la teoría jurídica: en primer lugar, vinculando el Derecho con la realidad, con la teoría social; y, en segundo lugar, entendiendo el Derecho como una dimensión de la política.

            Esto hace aparecer nuevas preguntas en el horizonte especulativo de los juristas. Preguntas totalmente diferentes a las problemáticas tradicionales. Preguntas como: ¿Qué papel cumplen los juristas en las sociedades del siglo XXI?; ¿Qué estatuto científico tiene la teoría jurídica?; ¿Qué funciones cumple el Derecho en la sociedad?; ¿Qué tiene en común y de diferente cada uno de los sistemas jurídicos correspondientes a cada formación histórico-social?; ¿Puede el Derecho jugar algún papel en la transformación de las formas de organización y distribución del poder?

            Y evidentemente, las nuevas preguntas requieren de nuevas respuestas. La imposibilidad de los paradigmas tradicionales, tanto el iusfilosófico (por sus concepciones puramente metafísicas) como el iuspositivista (por su decisión metodológica de expulsar lo contenidos y reivindicar la supremacía de las formas), de resolver desde su espacio intelectual estas preguntas, hace necesario que surjan nuevos modelos y corrientes de pensamiento jurídico y social que puedan dar respuestas a las nuevas necesidades.

La introducción del estudio de la Sociología jurídica en los planes de estudio de las Facultades de Derecho constituye, en consecuencia, un aporte indispensable para la formación de futuros juristas, operadores jurídicos, investigadores y docentes capaces de entender su tiempo y dar respuestas a las necesidades del mismo. Por esta razón y como señalaba al inicio, constituye un placer prologar esta nueva reedición del Curso online de Sociología jurídica, del profesor peruano de la Facultad de Derecho y Ciencias políticas de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega: Mg. Daniel Ernesto Peña Labrin, quien está desarrollando una gran  tarea en la difusión, docencia e investigación de la Sociología del Jurídica.

                                                                                      Catalunya-España,  Junio del 2014


Albert Noguera Fernández[2]
Docente de Sociología Jurídica




[1] Sirva como ejemplos recientes en España, la Plataforma de Afectados por la Hipoteca y sus acciones de reapropiación ciudadana de aquellas viviendas vacías en manos de entidades financieras fruto de ejecuciones hipotecarias; la ocupación en Almería, desde mayo de 2013, por parte de 130 trabajadores de origen marroquí, de invernaderos en plena producción tras el abandono y huida del empresario, sujeto desde hacía un año a un proceso concursal totalmente desconocido por parte de los jornaleros; los asaltos, en diversas ciudades del Estado, a Carrefour para reapropiarse de alimentos y material escolar que son repartidos entre familias sin recursos; campamentos dignidad que reclaman la creación de empleo y una renta básica de 600 euros como derecho de ciudadanía; etc.
[2] Es profesor de las Universidades Españolas Rovira i Virgili (2014), y  de Extremadura; Consultor de Derecho Constitucional en la Universitat Oberta de Catalunya; Profesor del Máster y el Doctorado de Derecho Constitucional en la Universidad Mayor San Andrés de La Paz (Bolivia). Es Doctor en Derecho por la Universidad de La Habana y la Universitat Jaume I de Castelló. Licenciado en Derecho y en Ciencias Políticas por la Universitat Autónoma de Barcelona. Ha sido investigador visitante en instituciones como la Universidad de Georgetown, la Universidad de Edinburgh, el Instituto Internacional de Sociología Jurídica de Oñati-España y el Centro de Investigaciones Jurídicas del Ministerio de Justicia de Cuba. Fue asesor de la Asamblea Constituyente de Bolivia (2006-2007) y de la Asamblea Constituyente de Ecuador (2008), participando en las comisiones técnicas de redacción de ambas asambleas constituyentes. Sus principales líneas de investigación son los Derechos Sociales, los procesos constituyentes y constitucionalismo latinoamericano, democracia y Justicia Constitucional, la Sociología Jurídica y la Teoría del Estado. Sobre estos temas, es autor de cinco monografías, más de veinte capítulos de libro y más de treinta artículos en Revistas Científicas Estatales e Internacionales. Sus dos últimos libros son “Los Derechos Sociales en las Nuevas Constituciones Latinoamericanas (Tirant lo Blanch, 2010) y “Utopía y Poder Constituyente. Los ciudadanos ante los tres monismos del Estado neoliberal” (Sequitur, 2012).